GUÍA PRÁCTICA DE OPERACIÓN DE LOS APOYOS EN EFECTIVO PARA BANCA SOCIAL

APLICABLE A LAS DELEGACIONES DEL INAES


INTRODUCCIÓN

Esta guía está dirigida al personal de las Delegaciones del INAES que participa en la atención de las solicitudes de apoyos en efectivo para Banca Social.

Su contenido se basa en las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2018 y en el Procedimiento Operativo Institucional denominado PR-OP-INST-04 Atención de solicitudes de apoyo en efectivo para Banca Social, modalidades III.1, III.2 y III.3 establecidas en el numeral 3.3 fracción III. Apoyos para Banca Social de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2018 (Reglas de Operación vigentes)”, al cual en ningún caso pretende sustituir sino únicamente servir como guía rápida de consulta.

En ese sentido, en caso de que se requiera profundizar respecto alguna actividad y/o al instructivo de llenado de algún formato en específico, sobre las modalidades y submodalidades de los apoyos para Banca Social, se deberá consultar el Procedimiento antes referido, el cual ha sido debidamente autorizado y registrado para operar las tres modalidades de apoyos en efectivo para Banca Social y se encuentra publicado el sitio de intranet del INAES.

OBJETIVO

Facilitar la identificación de manera ágil y sencilla de las actividades que corresponde realizar al personal adscrito a las Delegaciones, para dar atención a las solicitudes de las diversas modalidades de apoyo en efectivo para Banca Social.

Esto, a fin de promover que dicho personal cuente con mayores elementos de consulta rápida para operar de forma óptima la atención de solicitudes de los apoyos en efectivo para Banca Social y brindar información precisa a los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE) de ahorro y crédito, en el marco de lo establecido en las Reglas de Operación vigentes y en la convocatoria respectiva.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES APLICABLE PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE LOS APOYOS EN EFECTIVO POR PARTE DE LAS DELEGACIONES DEL INAES



Modalidad III.3 Instrumentos para la Administración de Riesgos

DIFUSIÓN


1.- Una vez autorizada la convocatoria por el Comité Técnico Nacional (COTEC), la Delegación del INAES debe participar activamente en la difusión de la misma entre los OSSE de ahorro y crédito, considerando a quién va dirigida (numeral 5 de la convocatoria, que indica su focalización e incluye entre otros aspectos el ámbito geográfico y, en el caso específico de los apoyos para Banca Social, la figura jurídica, el nivel de operación, categoría y estatus regulatorio de los OSSE de ahorro y crédito).

En el sitio web www.gob.mx/inaes, dentro del apartado Acciones y programas/Convocatorias vigentes/Banca Social, se encuentran disponibles las convocatorias vigentes para cada modalidad de apoyo para Banca Social, ¡Consúltalo continuamente!

PRE—REGISTRO

El pre-registro es efectuado directamente por el OSSE de ahorro y crédito solicitante, para lo cual ingresa al sitio web www.gob.mx/inaes y/o puede acudir a las Delegaciones del INAES, según se indique en la convocatoria, para pre-registrar la solicitud que corresponda al tipo de apoyo y, una vez capturada la totalidad de la información requerida, se generará un comprobante de pre-registro en el que se asignará una cita para que el OSSE de ahorro y crédito acuda a la Delegación del INAES respectiva para efectuar el registro definitivo de la solicitud de apoyo.

Es importante mencionar que en el caso de los OSSE de ahorro y crédito que tienen sucursales, la Delegación del INAES a la cual debe acudir a efectuar el registro definitivo de su solicitud se determina considerando la Entidad Federativa en la que se ubica su oficina matriz.

REGISTRO DEFINITIVO

2.- La persona designada como Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito debe presentarse en la Delegación que le corresponda en la fecha y hora que señala la cita establecida en el comprobante de pre-registro de su solicitud. Conforme a esta cita, la Delegación recibe el comprobante de pre-registro y la solicitud de apoyo del OSSE de ahorro y crédito, así como la documentación requerida para atender los requisitos correspondientes a la modalidad y, en su caso, submodalidad de apoyo.

Es muy importante recordar que el registro definitivo de una solicitud únicamente puede ser efectuado por la persona designada como Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito respectivo, quien deberá acreditar que cuenta con la facultad para hacerlo a través de un documento debidamente inscrito en el registro que corresponda a su naturaleza.

Además, es necesario tener a la mano la convocatoria vigente para identificar qué modalidad y, en su caso submodalidad, están consideradas y a quién va dirigida; es decir cuál es la modalidad y submodalidad de apoyo señaladas en la convocatoria y, en función de éstas, cuáles son los criterios y requisitos que el OSSE de ahorro y crédito solicitante debe acreditar; así como qué señala el numeral 5 de la convocatoria, que indica su focalización, considerando entre otros aspectos el ámbito geográfico y, en el caso específico de los apoyos para Banca Social, la figura jurídica, el nivel de operación, categoría y estatus regulatorio de los OSSE de ahorro y crédito.

3.- La Delegación verifica la solicitud del OSSE de ahorro y crédito así como la documentación anexa a la misma, a fin de corroborar que cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos para la modalidad y submodalidad correspondiente, de acuerdo con lo señalado en las Reglas de Operación vigentes y la convocatoria respectiva, para lo cual emite el Anexo 1 “Lista de verificación de los documentos entregados para el registro definitivo”, que varía según la modalidad de apoyo y su formato se encuentra en el procedimiento PR-OP-INST-04 denominado Atención de solicitudes de apoyo en efectivo para Banca Social, modalidades III.1, III.2 y III.3 establecidas en el numeral 3.3 fracción III. Apoyos para Banca Social de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2018 (Reglas de Operación vigentes)”.

Hay que recordar que debe entregarse una copia del Anexo 1 al OSSE de ahorro y crédito solicitante, la cual deberá estar firmada por la persona de la Delegación que lo suscribió y a su vez el OSSE de ahorro y crédito deberá firmar un acuse de haber recibido dicha copia, el cual se integrará al expediente de la Delegación.

La información capturada en el Anexo 7B “Solicitud de Apoyo en Efectivo para Banca Social” apartado III denominado “Información del apoyo que solicita” (estructura financiera, monto solicitado, monto que aportará el solicitante, monto de la inversión total, porcentajes de aportación) tendrá carácter definitivo, por lo que no podrá ser modificada posteriormente; en caso de requerirse modificaciones en alguno de los demás apartados de ésta, el OSSE de ahorro y crédito deberá solicitarlo ante la Delegación, mediante escrito libre fundado y motivado, firmado por la persona designada como representante legal del OSSE de ahorro y crédito legalmente constituido.

Si se presentara un caso como el señalado anteriormente, la Delegación debe recibir el escrito del OSSE de ahorro y crédito y remitirlo mediante oficio a la CGFP para que a través de esta se solicite la corrección en el SIEL a la Coordinación General de Planeación y Evaluación (CGPE).

A continuación se presenta el Anexo 1 aplicable para esta modalidad de apoyo, así como una breve descripción de qué debe revisarse para cada uno de los aspectos señalados en el mismo.





Modalidad III.3 Instrumentos para la Administración de Riesgos (Apoyos en efectivo).

Recuerda: La persona que ostenta la representación legal del OSSE de ahorro y crédito solicitante deberá entregar copia y original para cotejo de la documentación requerida en este anexo (cuando así aplique), para efectuar el registro definitivo de su solicitud; es muy importante corroborar que la copias simples que se presenten para acreditar los requisitos sean idénticas en todas sus fojas al original presentado para cotejo.

  • Previo a la entrega de documentos la Delegación deberá revisar lo siguiente

    Previo a la entrega de documentos la Delegación deberá revisar lo siguiente

    NO

    Actividad a realizar

    La solicitud cumple con los criterios de focalización señalados en el numeral 5 de la convocatoria correspondiente (ámbito geográfico, figura jurídica, estatus regulatorio o categoría y nivel de operación)

     

     

    REVISAR EL NUMERAL 5 DE LA CONVOCATORIA PARA CORROBORAR LA FOCALIZACIÓN; ES DECIR, EL O LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA DONDE SE UBICAN, FIGURA JURÍDICA (SOCAP O SOFINCO) NIVEL DE OPERACIÓN (BÁSICO, I, II, o III), ESTATUS REGULATORIO (AUTORIZADO, EN PROCESO DE AUTORIZACIÓN, REGISTRADO ANTE EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN AUXILIAR), CATEGORÍA (A, B, C, D) SEGÚN SE INDIQUE EN CADA CONVOCATORIA.

    SI EL SOLICITANTE CUMPLE CON LOS CRITERIOS SEÑALADOS EN EL NUMERAL 5 DE LA CONVOCATORIA ES IMPORTANTE SELECCIONAR “SÍ”.

    ES MUY IMPORTANTE VERIFICAR QUE LA RESPUESTA QUE SE SELECCIONE EN ESTE APARTADO (“SÍ” O “NO”) SEA LA CORRECTA, YA QUE SI LA SOCAP O SOFINCO ES ELEGIBLE DE ACUERDO AL NUMERAL 5 DE LA CONVOCATORIA PERO LA DELEGACIÓN SELECCIONA LA OPCIÓN “NO”, EL SISTEMA AUTOMÁTICAMENTE CERRARÁ EL FOLIO Y RECHAZARÁ EL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD.

    EN CASO DE QUE LA PERSONA DE LA DELEGACIÓN QUE CAPTURA EL REGISTRO DE LA SOLICITUD SELECCIONE POR ERROR LA OPCIÓN “NO”- AUN CUANDO LA SOCAP O SOFINCO SÍ ES ELEGIBLE DE ACUERDO AL NUMERAL 5 DE LA CONVOCATORIA- EL DELEGADO DEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO A LA CGFP LA HABILITACIÓN DEL FOLIO CORRESPONDIENTE, YA QUE ÉSTA A SU VEZ ENVIARÁ LA SOLICITUD A LA CGPE, A EFECTO DE QUE SE REACTIVE EL FOLIO Y SEA POSIBLE CONCLUIR EL REGISTRO DE LA SOLICITUD DE APOYO.

  • Documentos que acreditan el pre-registro

    Documentos que acreditan el pre-registro

    NO

    Actividad a realizar

    Solicitud de apoyo original firmada por la persona designada como representante legal

     

     

    REVISAR QUE SE PRESENTE CONFORME AL ANEXO 7.B DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN VIGENTES, QUE ESTÉ LLENADA EN LOS CAMPOS QUE APLIQUEN Y FIRMADA POR LA PERSONA DESIGNADA COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCAP O SOFINCO SOLICITANTE, SEGÚN SEA EL CASO.

    Comprobante de pre-registro

     

     

    VERIFICAR QUE CORRESPONDA EL NÚMERO DE FOLIO Y LA FECHA DE LA CITA QUE SE OTORGÓ PARA EFECTUAR EL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD.

    Hay que recordar que la etapa de Registro Definitivo, se trata de una revisión general e identificación de la documentación que se presenta anexa a la solicitud de apoyo, ya que la información y el contenido específico de los documentos, se determinará en la etapa de validación normativa.

  • Documentos del OSSE de ahorro y crédito

    Documentos del OSSE de ahorro y crédito

    SI

    NO

    NO APLICA

    Actividad a realizar

    Acta constitutiva. En su caso, el trámite que acredite la última modificación a la misma.




    DEBE CORROBORARSE QUE LO ASENTADO EN EL ACTA CORRESPONDE CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO REGISTRADA EN LA SOLICITUD DE APOYO; QUE EL ACTA SE ENCUENTRA PROTOCOLIZADA, ES DECIR, CUENTA CON LA CERTIFICACIÓN DE UN NOTARIO PÚBLICO, POR LO QUE DEBE CONTENER EL SELLO DE LA NOTARÍA Y FIRMA DEL NOTARIO CORRESPONDIENTE; Y QUE FUE DEBIDAMENTE REGISTRADA, POR LO CUAL DEBE APARECER EL SELLO DEL REGISTRO PÚBLICO EN LA ÚLTIMA FOJA.

    Impresión del Registro Federal de Contribuyentes




    CORROBORAR QUE EL R.F.C. PRESENTADO CORRESPONDA CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO QUE SOLICITA EL APOYO (QUE YA FUE CORROBORADA EN EL ACTA CONSTITUTIVA).

    COMÚNMENTE SE PRESENTAN LOS DOCUMENTOS DENOMINADOS “INSCRIPCIÓN EN EL R.F.C.” O “CONSTANCIA DE REGISTRO EN EL R.F.C.”; EL PRIMERO CONTIENE ADEMÁS DE LA CÉDULA Y LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO, LA CLAVE DE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE, EL DOMICILIO Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO, MIENTRAS QUE EL SEGUNDO NO INCLUYE LA CÉDULA PERO SÍ LA RAZÓN SOCIAL Y LA CLAVE DE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTE.

    Impresión del documento vigente denominado “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”




    REVISAR QUE EL DOCUMENTO PRESENTADO CORRESPONDA CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO QUE SOLICITA EL APOYO Y QUE SE ENCUENTRE VIGENTE.

    ESTE DOCUMENTO TIENE VIGENCIA DE 3 MESES POSTERIORES A LA FECHA DE SU EMISIÓN, EN LA PARTE INFERIOR DEL MISMO APARECE ESTE DATO ¡VERIFÍCALO!

    ES MUY IMPORTANTE RECORDAR QUE EL REQUISITO SE CUMPLE CON LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DENOMINADO “OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES” EMITIDO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT), POR LO QUE NO IMPORTA SI LA OPINIÓN ES “POSITIVA” O “NEGATIVA”, EN AMBOS CASOS DEBE ACEPTARSE. SERÁ EN LA ETAPA DE VALIDACIÓN NORMATIVA CUANDO SE DETERMINE SU PROCEDENCIA, DE TAL FORMA QUE SI LA OPINIÓN ES “NEGATIVA” SE AFECTARÁ EL RESULTADO DE DICHA VALIDACIÓN Y ÉSTE SERÁ TAMBIÉN EN SENTIDO NEGATIVO.

    Comprobante de domicilio (recibo de pago de predial, luz, agua o teléfono)




    ESTE REQUISITO DEBE SER ATENDIDO A TRAVÉS DE LA PRESENTACIÓN DE UN RECIBO DE PAGO DE PREDIAL, LUZ, AGUA O TELÉFONO Y EN CUALQUIER CASO ÉSTE DEBE APARECER A NOMBRE DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE (ES DECIR DE SU RAZÓN SOCIAL, QUE YA FUE CORROBORADA EN EL ACTA CONSTITUTIVA).

    ADEMÁS SE DEBE CORROBORAR QUE EL DOMICILIO QUE APAREZCA EN EL COMPROBANTE CORRESPONDIENTE COINCIDA CON EL QUE FUE REGISTRADO EN LA SOLICITUD.

  • Documentos de la persona designada como representante legal

    Documentos de la persona designada como representante legal

    NO

    Actividad a realizar

    Acta de asamblea en la que se acredite la designación de la persona que ostenta la representación legal o poder notarial en el que se acrediten las facultades requeridas



    REVISAR QUE EL PODER QUE SE PRESENTE ESTÉ A NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA LA SOLICITUD DE APOYO COMO REPRESENTANTE LEGAL Y QUE LO SEÑALADO EN EL MISMO INCLUYA ESTE TIPO DE ACTO.



    REVISAR QUE EL DOCUMENTO PRESENTADO CORRESPONDA A LA PERSONA DESIGNADA COMO REPRESENTANTE LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO FACULTADO PARA REALIZAR EL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD DE APOYO.

    Identificación oficial vigente (credencial para votar con fotografía, cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional)


     

    LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS PODRÁN ACEPTARSE, SIEMPRE Y CUANDO SE ENCUENTREN VIGENTES.

  • Documento presentado en caso de discrepancia del registro que guarda el Organismo de Supervisión Auxiliar

    Documento presentado en caso de discrepancia del registro que guarda el Organismo de Supervisión Auxiliar

    SI

    NO

    NO APLICA

    Actividad a realizar

    Documento expedido por el Organismo que corresponda, en el que se acredite la situación más reciente (estatus regulatorio o categoría) del OSSE de ahorro y crédito a la fecha de emisión de este anexo




    PARA EL CASO DE LAS SOCAP QUE ESTÁN AUTORIZADAS, SE PODRÁ PRESENTAR OFICIO DE LA CNBV DIRIGIDO AL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO, EN EL QUE SE SEÑALE EL NIVEL DE OPERACIONES QUE LE FUE AUTORIZADO PARA CONTINUAR REALIZANDO OPERACIONES DE AHORRO PRÉSTAMO.

    EN EL CASO DE SOCAP CON NIVEL DE OPERACIONES BÁSICO, SE PODRÁ PRESENTAR OFICIO DEL FIDEICOMISO DEL FONDO DE SUPERVISIÓN AUXILIAR DE SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO Y DE PROTECCIÓN A SUS AHORRADORES (FOCOOP) DIRIGIDO AL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO, EN EL QUE SE SEÑALE LA CATEGORÍA QUE LE FUE ASIGNADA.

    PARA EL CASO DE LAS SOFINCO, SE PODRÁ PRESENTAR DOCUMENTO EMITIDO POR LA FEDERACIÓN A LA QUE SE ENCUENTRE AFILIADA, EN EL QUE SE SEÑALE EL ESTATUS REGULATORIO DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO (NIVEL DE OPERACIÓN BÁSICO, CON EXPEDIENTE DE AUTORIZACIÓN EN REVISIÓN POR PARTE DE LA CNBV, ENTRE OTROS).

    ESTE DOCUMENTO SOLO DEBERÁ PRESENTARSE EN CASO DE QUE EXISTA DIFERENCIA ENTRE LA INFORMACIÓN REGISTRADA EN EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN AUXILIAR (FOCOOP O FEDERACIÓN) Y EL ESTATUS REGULATORIO QUE TIENE LA SOCAP O SOFINCO.

  • Documentos que permiten evaluar la pertinencia y viabilidad de una solicitud de apoyo para Banca Social

    Documentos que permiten evaluar la pertinencia y viabilidad de una solicitud de apoyo para Banca Social

    SI

    NO

    NO APLICA

    Actividad a realizar

    Para el caso de la submodalidad de Apoyo para constituir garantías líquidas requeridas en la gestión de línea (s) de crédito con Instituciones de Fomento o de la Banca de Desarrollo, se presentó:

    Versión impresa del Plan de Trabajo, firmada en todas sus hojas por la persona que ostenta la representación legal


     

     

    SE DEBERÁ REVISAR QUE LA VERSIÓN IMPRESA DEL PLAN DE TRABAJO ESTE FIRMADA EN TODAS LAS HOJAS POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.

    Versión electrónica del Plan de Trabajo, elaborada en la herramienta de captura




    DEBERÁ REVISARSE QUE LA VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL PLAN DE TRABAJO QUE PRESENTE EL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO ESTÉ ELABORADA EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA (ARCHIVO TIPO EXCEL) QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN EL SITIO WEB WWW.GOB.MX/INAES Y QUE CORRESPONDE A LA SUBMODALIDAD III.3.1.

    Copia de estados financieros (balance general y estado de resultados) del ejercicio anual más reciente


     

     

    DEBERÁ REVISARSE QUE LA COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDAN AL CIERRE DEL EJERCICIO ANUAL MÁS RECIENTE, ES DECIR, AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.

    En el caso de OSSE de ahorro y crédito autorizados por la CNBV, copia de estados financieros al ejercicio mensual más reciente (balance general y estado de resultados)


     

     

    SE DEBERÁ REVISAR QUE LA COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDAN AL EJERCICIO MENSUAL MÁS RECIENTE, ES DECIR, AL ÚLTIMO DÍA DEL MES INMEDIATO ANTERIOR AL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD DE APOYO.

    ESTE REQUISITO ÚNICAMENTE APLICA PARA LOS OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO AUTORIZADOS POR LA CNBV. EN EL CASO DE SOCAP O SOFINCO CON NIVEL DE OPERACIÓN BÁSICO, DEBE SELECCIONARSE LA OPCIÓN “NO APLICA”.

    En el caso de OSSE de ahorro y crédito con niveles de operación básico, copia de estados financieros (balance general y estado de resultados) del último ejercicio trimestral más reciente




    SE DEBE REVISAR QUE LA COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDAN AL ÚLTIMO EJERCICIO TRIMESTRAL MÁS RECIENTE, POR EJEMPLO, SI LA SOLICITUD SE REALIZA EN FEBRERO O MARZO, LOS ÚLTIMOS ESTADOS CORRESPONDERÁN AL MES DE DICIEMBRE.

    ESTE REQUISITO ÚNICAMENTE APLICA PARA LOS OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO CON NIVEL DE OPERACIÓN BÁSICO, EN EL CASO DE SOCAP O SOFINCO AUTORIZADAS POR LA CNBV, DEBE SELECCIONARSE LA OPCIÓN “NO APLICA”.

    En el caso de OSSE de ahorro y crédito autorizados por la CNBV, copia de subreporte regulatorio R-0417 (también conocido como B-0417) correspondiente a los cuatro últimos trimestres inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud


     

     

    SE DEBERÁ REVISAR QUE LOS REPORTES CORRESPONDAN A LOS ÚLTIMOS CUATRO TRIMESTRES INMEDIATOS ANTERIORES A LA FECHA DEL REGISTRO DEFINITIVO.

    ESTE REQUISITO ÚNICAMENTE APLICA PARA LOS OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO AUTORIZADOS POR LA CNBV. EN EL CASO DE SOCAP O SOFINCO CON NIVEL DE OPERACIÓN BÁSICO, DEBE SELECCIONARSE LA OPCIÓN “NO APLICA”.

    Copia de documento o documentos emitidos por la fuente de fondeo o intermediario bancario que acrediten la autorización y vigencia de la (s) línea (s) de crédito objeto de la garantía líquida solicitada, los cuales deberán contener al menos fecha de contratación o autorización, tipo de crédito, monto autorizado, vigencia, periodos para la realización de descuentos, tasas de interés, monto o porcentaje de la garantía líquida requerida, instrumento en el que dicha garantía debe depositarse (no aplica fideicomisos constituidos o por constituir) y características de los créditos que puedan ser objeto de descuento




    SE DEBERÁ REVISAR QUE EL DOCUMENTO O DOCUMENTOS EMITIDOS POR LA FUENTE DE FONDEO O EL INTERMEDIARIO BANCARIO ESTÉN DIRIGIDOS AL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO Y SE REFIERA (N) A LA AUTORIZACIÓN DE UNA O VARIAS LÍNEAS DE CRÉDITO.

    EL DOCUMENTO PRESENTADO, PUEDE SER UNA CARTA, OFICIO, CONTRATO, CONVENIO O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO EMITIDO POR LA FUENTE DE FONDEO O EL INTERMEDIARIO FINANCIERO DONDE SE ACREDITE LA AUTORIZACIÓN Y VIGENCIA DE LA (S) LÍNEA (S) DE CRÉDITO.

    EN LA ETAPA DE VALIDACIÓN NORMATIVA SE REVISARÁ QUE EL DOCUMENTO CONTENGA TODAS LAS CARACTERÍSTICAS QUE DESCRIBEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN VIGENTES.

    Documentos que permiten evaluar la pertinencia y viabilidad de una solicitud de apoyo para Banca Social

    SI

    NO

    NO APLICA

    Actividad a realizar

    Para el caso de la submodalidad de Apoyo para implementar mecanismos que disminuyan los riesgos en la colocación de créditos para actividades productivas en un fondo administración de riesgo crediticio (No aplica para Fideicomisos ya constituidos o por constituir), se presentó:

    Versión impresa del Proyecto de Fondo de Administración de Riesgo Crediticio, firmada en todas sus hojas por la persona que ostenta la representación legal




    SE DEBERÁ REVISAR QUE LA VERSIÓN IMPRESA DEL PROYECTO DE FONDO ESTE FIRMADA EN TODAS LAS HOJAS POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.

    Versión electrónica del Proyecto de Fondo de Administración de Riesgo Crediticio, elaborada en la herramienta de captura




    DEBERÁ REVISARSE QUE LA VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL PROYECTO DE FONDO QUE PRESENTE EL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO ESTÉ ELABORADA EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA (ARCHIVO TIPO EXCEL) QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN EL SITIO WEB WWW.GOB.MX/INAES Y QUE CORRESPONDE A LA SUBMODALIDAD III.3.2.

    Copia de estados financieros (balance general y estado de resultados) al cierre del ejercicio anual más reciente




    DEBERÁ REVISARSE QUE LA COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDAN AL CIERRE DEL EJERCICIO ANUAL MÁS RECIENTE, ES DECIR, AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.

    Copia de estados financieros al ejercicio mensual más reciente (balance general y estado de resultados)




    SE DEBERÁ REVISAR QUE LA COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDAN AL EJERCICIO MENSUAL MÁS RECIENTE, ES DECIR, AL ÚLTIMO DÍA DEL MES INMEDIATO ANTERIOR AL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD DE APOYO.

    Copia de subreporte regulatorio R-0417 (también conocido como B-0417) correspondiente a los cuatro últimos trimestres inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud


     

     

    SE DEBERÁ REVISAR QUE LOS REPORTES CORRESPONDAN A LOS ÚLTIMOS CUATRO TRIMESTRES INMEDIATOS ANTERIORES A LA FECHA DEL REGISTRO DEFINITIVO.

    Original y copia del acuerdo de Asamblea General y/o de Consejo de Administración, para integrar el o los Fondo (s) de administración de riesgo crediticio




    SE DEBE COTEJAR QUE EL ORIGINAL Y LA COPIA YA SEA DEL ACUERDO DE ASAMBLEA GENERAL O EL ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN CORRESPONDAN AL MISMO DOCUMENTO.

    Carta compromiso firmada por la persona que ostenta la representación legal que señala el porcentaje del monto de los créditos a proteger con el Fondo




    SE DEBERÁ REVISAR QUE LA CARTA COMPROMISO ESTÉ FIRMADA POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.

    ESTE DOCUMENTO DEBE PRESENTARSE CON FIRMA ORIGINAL.

  • Documentación completa

    Documentación completa

    SI

    NO

    Actividad a realizar

    ¿La documentación está completa?



    SE DEBERÁ SELECCIONAR LA OPCIÓN SI O NO, DE ACUERDO CON LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.



    SI NO SE PRESENTÓ ALGUNO DE LOS DOCUMENTOS, SE DEBERÁ SELECCIONAR LA OPCIÓN “NO” Y POR LO TANTO NO SE REGISTRARÁ LA SOLICITUD DE APOYO.

    Hay que recordar que si las opciones elegidas durante el llenado de los diferentes formatos antes descritos corresponden a “SI” y/o “NO APLICA” es procedente otorgar el registro definitivo de la solicitud.

    En el caso de que NO proceda el registro definitivo de una solicitud, el SIEL cierra el folio de pre-registro y por ende se cancela automáticamente el registro definitivo.

    Cuando resulta procedente el registro definitivo de la solicitud, el SIEL emitirá una clave única para sustituir el folio de pre-registro, ya que el estatus de la solicitud cambia de “solicitud pre-registrada” a “solicitud registrada”, para pasar a la etapa de validación en campo

    4.- Es muy importante tener en cuenta que debe imprimirse desde el SIEL el acuse de registro definitivo de la solicitud (Anexo 1 Lista de verificación de los documentos entregados para el registro definitivo) que contendrá la clave única de registro asignada por el SIEL, el cual estará disponible en el módulo de “REPORTES”, en la sección de “ACUSES”, opción “Acuse de registro definitivo (check list)”, una vez que se ingrese el folio de pre-registro correspondiente.

    El “Acuse de registro definitivo (check list)” debe entregarse al solicitante y estar firmado por la persona designada como Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito y por la persona de la Delegación que efectuó el registro definitivo de la solicitud.

    Además, la Delegación debe conservar otro tanto del “Acuse de registro definitivo (check list)” debidamente firmado por ambas partes (Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito y personal de la Delegación) para integrarlo al expediente correspondiente.

    En caso de que durante el proceso de registro definitivo de la solicitud, se identifique algún error en la razón social del OSSE de ahorro y crédito solicitante (que invariablemente debe corroborarse contra lo asentado en el acta constitutiva del mismo) o en algún apartado de la solicitud de apoyo (excepto el apartado III denominado “Información el apoyo que solicita”) es importante informarle a la SOCAP o SOFINCO que debe solicitar la corrección a través de un escrito libre fundado y motivado dirigido a la Delegación. La Delegación a su vez solicitará mediante oficio a la CGFP (adjuntando copia del escrito del OSSE de ahorro y crédito) que gestione dicha solicitud ante la CGPE para que se efectúe la corrección correspondiente en el SIEL.

    5.- De las solicitudes que SÍ obtuvieron registro definitivo, la Delegación debe remitir a través de correo electrónico al personal de la CGFP en un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente en que ocurra el registro definitivo, los documentos presentados por el solicitante que permitirán evaluar la pertinencia y viabilidad de la solicitud de apoyo, conforme a lo siguiente para cada submodalidad:

    Modalidad III.3 Instrumentos para la Administración de Riesgos de la Banca Social:

    Submodalidad

    Documento que debe enviarse a la CGFP

    Observaciones

    Apoyo para constituir garantías líquidas requeridas en la gestión de línea (s) de crédito con Instituciones de Fomento o de la Banca de Desarrollo.

    • Plan de trabajo de garantías líquidas firmado en todas sus hojas.

    • Estados financieros al cierre del ejercicio anual más reciente.

    • Estados financieros (balance general y estado de resultados)

      • Al ejercicio mensual más reciente para el caso de OSSE de ahorro y crédito con niveles de operación I, II o III.

      • En el caso de OSSE de ahorro y crédito con niveles de operación básico, se envía el último ejercicio trimestral más reciente.

    • Subreporte regulatorio R-0417 o B-0417, de los cuatro últimos trimestres inmediatos anteriores.

    • Documento o documentos emitidos por la fuente de fondeo o intermediario bancario que acrediten la autorización y vigencia de la (s) línea (s) de crédito objeto de la garantía líquida solicitada.

    • En su caso, el documento otorgado por el Organismo de Supervisión Auxiliar al OSSE de ahorro y crédito, donde se acredita el estatus regulatorio o categoría más reciente.

    • El plan de trabajo se envía en el archivo electrónico de Excel y en formato PDF firmado.



    • Los estados financieros se envían en formato PDF, JPEG o en la versión que se remitió a la CNBV o al Organismo de Supervisión Auxiliar.



    • El subreporte regulatorio se envía en formato PDF, JPEG o en la versión que se remitió a la CNBV.



    • El o los documentos presentados a la fuente de fondeo, se envían en formato PDF o JPEG.



    • El documento otorgado por el Organismo de Supervisión Auxiliar, se envía en formato PDF o JPEG.


    Apoyo para implementar mecanismos que disminuyan los riesgos en la colocación de créditos para actividades productivas en un fondo administración de riesgo crediticio.

    • Proyecto de Fondo de Administración de Riesgo Crediticio.

    • Estados financieros al cierre del ejercicio anual más reciente (balance general y estado de resultados).

    • Estados financieros al ejercicio mensual más reciente (balance general y estado de resultados).

    • Subreporte regulatorio R-0417 o B-0417, correspondiente a los cuatro últimos trimestres inmediatos anteriores.

    • Acuerdo de Asamblea General o de Consejo de Administración, para integrar el o los Fondos.

    • Carta compromiso donde se señala el porcentaje del monto de los créditos a proteger con el Fondo.

    • El Proyecto se envía en el archivo electrónico de Excel y en formato PDF firmado en todas sus páginas.

    • Los estados financieros se envían en formato PDF, JPEG o en la versión que se remitió a la CNBV.

    • El subreporte regulatorio se envía en formato PDF, JPEG o en la versión que se remitió a la CNBV.

    • El acuerdo de asamblea o del consejo se envía en formato PDF o JPEG.

    • La carta se envía en formato PDF o JPEG.


    Para el caso de esta modalidad, los documentos se envían a los siguientes correos electrónicos: desap@inaes.gob.mx y macostaa@inaes.gob.mx.

VALIDACIÓN EN CAMPO


De acuerdo con las Reglas de Operación vigentes del INAES esta etapa podrá ser realizada por las Delegaciones y/o la Coordinación General de Finanzas Populares (CGFP), según se indique en la convocatoria respectiva.

6.- Se realiza la validación en campo de acuerdo con lo establecido en el formato del Anexo 2 del procedimiento PR-OP-INST-04 e ingresa resultado en el SIEL.

Hay que recordar que las Reglas de Operación vigentes establecen la posibilidad de que la SOCAP o SOFINCO solicitante presenten el documento emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o el Organismo de Supervisión Auxiliar que le corresponde (FOCOOP o Federación), en el que se señale el estatus regulatorio o categoría vigente del OSSE de ahorro y crédito. Para lo cual, si al momento de hacer la validación en campo, consultando la página oficial del Organismo de Supervisión Auxiliar aparece un estatus regulatorio o categoría diferente al que señaló la SOCAP o SOFINCO en su solicitud de apoyo, se deberá tomar en cuenta para efectos de la validación en campo el documento que haya presentado el solicitante.



VALIDACIÓN NORMATIVA


Es una actividad exclusiva de las Delegaciones, la cual consiste en la validación que se realiza en torno a la información y documentos proporcionados por los OSSE de ahorro y crédito.

7.- Valida normativamente la información y documentos proporcionados por los solicitantes de apoyo, utilizando el formato establecido en el anexo 3 del procedimiento PR-OP-INST-04, según corresponda a la modalidad de apoyo solicitada e ingresa el resultado en el SIEL.

Si durante la validación normativa resulta faltante de información o con inconsistencia en la presentación de requisitos, la Delegación deberá notificar por única vez dicha situación al OSSE de ahorro y crédito solicitante a efecto de que éste, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efecto la notificación, subsane la omisión o inconsistencia respectiva.

Modalidad III.3 Instrumentos para la Administración de Riesgos de la Banca Social (Apoyos en efectivo).

Recuerda que el formato de validación normativa, te da las opciones de “SI”, “NO” y “NO APLICA”, revisa bien cada pregunta, ya que si pones un “NO” en cualquiera de las preguntas, en algunos casos, la validación será automáticamente negativa. Así que hay que distinguir entre un “NO” y un “NO APLICA”.

En la columna de “Actividad a realizar” se identificarán las preguntas en las cuales de acuerdo con las Reglas de operación vigentes y el PR-OP-INST-04, es posible otorgar o no la prevención.

I. Validación de la información y documentos del solicitante

I. Validación de la información y documentos del solicitante

Cumple

ACTIVIDAD A REALIZAR

SI

NO

N/A


¿El solicitante comprobó la correcta aplicación de todos los apoyos recibidos del INAES, o bien, se encuentra dentro del término para comprobar?


SE DEBE REVISAR EN EL SIEL Y EN LOS EXPEDIENTES DE LA DELEGACIÓN QUE EL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO NO TENGA APOYOS QUE NO HAYA COMPROBADO.

SI LA SOCAP O SOFINCO SOLICITANTE, FUE BENEFICIARIA DE APOYOS PREVIOS DEL INAES Y SE ENCUENTRA DENTRO DEL PERIODO DE 60 DÍAS HÁBILES PARA COMPROBAR, SE PODRÁ CONTINUAR CON LA TRAMITACIÓN DE LA NUEVA SOLICITUD DE APOYO.

SI LA SOCAP O SOFINCO SOLICITANTE, FUE BENEFICIARIO DE APOYOS PREVIOS Y YA ENTREGÓ LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA A LA DELEGACIÓN DEL APOYO QUE LE OTORGÓ PREVIAMENTE POR EL INAES, Y LA DELEGACIÓN NO HA ELABORADO EL DICTAMEN DE APLICACIÓN DE LOS RECURSOS, SE PODRÁ CONTINUAR CON LA TRAMITACIÓN DE LA NUEVA SOLICITUD DE APOYO.

SI SE TRATA DE UN OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO QUE SOLICITA APOYO POR PRIMERA VEZ, SE DEBERÁ RESPONDER “N/A”.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, NO PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El acta constitutiva del solicitante está protocolizada y cuenta con inscripción en el registro que corresponda a su naturaleza?


SE DEBERÁ CORROBORAR QUE LO ASENTADO EN EL ACTA CORRESPONDE CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO REGISTRADA EN LA SOLICITUD DE APOYO; QUE EL ACTA SE ENCUENTRA PROTOCOLIZADA, ES DECIR, CUENTA CON LA CERTIFICACIÓN DE UN NOTARIO PÚBLICO, POR LO QUE DEBE CONTENER EL SELLO DE LA NOTARÍA Y FIRMA DEL NOTARIO CORRESPONDIENTE; Y QUE FUE DEBIDAMENTE REGISTRADA, POR LO CUAL DEBE APARECER EL SELLO DEL REGISTRO PÚBLICO EN LA ÚLTIMA FOJA.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Registro Federal de Contribuyentes y la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) corresponden al solicitante?


CORROBORAR QUE EL R.F.C. PRESENTADO CORRESPONDA CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO QUE SOLICITA EL APOYO (QUE YA FUE CORROBORADA EN EL ACTA CONSTITUTIVA).

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales fue emitida por el SAT en sentido positivo?


REVISAR QUE EL DOCUMENTO PRESENTADO CORRESPONDA CON LA RAZÓN SOCIAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO QUE SOLICITA EL APOYO Y QUE SE ENCUENTRE VIGENTE.

ESTE DOCUMENTO TIENE VIGENCIA DE 3 MESES POSTERIORES A LA FECHA DE SU EMISIÓN, EN LA PARTE INFERIOR DEL MISMO APARECE ESTE DATO ¡VERIFÍCALO!

PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL DOCUMENTO, SE DEBERÁ VERIFICAR QUE LA OPINIÓN SEA “POSITIVA”, DE TAL FORMA QUE SI LA OPINIÓN ES “NEGATIVA” SE AFECTARÁ EL RESULTADO DE LA VALIDACIÓN Y ÉSTA SERÁ TAMBIÉN EN SENTIDO NEGATIVO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Acta de Asamblea acredita la designación de representante legal y está inscrita en el registro que corresponda a su naturaleza?


REVISAR QUE EN EL INSTRUMENTO NOTARIAL QUE SE PRESENTA SE DESCRIBAN LAS FACULTADES PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL. PUEDE VENIR AL INICIO DEL ACTA, O DENTRO DE ESTA, EN LA PARTE DONDE SE ENCUENTRAN LOS ACUERDOS DE LA ASAMBLEA. SI LA REPRESENTACIÓN NO ES AMPLIA, DEBE SER MÍNIMO PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN.

ADEMÁS, DEBE CONTAR CON LA CERTIFICACIÓN DE UN NOTARIO PÚBLICO, POR LO QUE DEBE CONTENER EL SELLO DE LA NOTARÍA Y FIRMA DEL NOTARIO CORRESPONDIENTE; ASIMISMO, DEBERÁ REVISARSE QUE APAREZCA EL SELLO DEL REGISTRO PÚBLICO EN LA ÚLTIMA FOJA.

SI SE PRESENTÓ UN PODER NOTARIAL PARA ACREDITAR LA REPRESENTACIÓN LEGAL, SE DEBERÁ SELECCIONAR LA OPCIÓN N/A.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El poder notarial está protocolizado, vigente e inscrito en el registro que corresponda a su naturaleza y acredita las facultades requeridas de la persona que ostenta la representación legal?


REVISAR QUE EL PODER QUE SE PRESENTE ESTÉ A NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA LA SOLICITUD DE APOYO COMO REPRESENTANTE LEGAL, QUE LO SEÑALADO EN EL MISMO INCLUYA ESTE TIPO DE ACTO Y QUE SE ENCUENTRE VIGENTE.

ADEMÁS, DEBE CONTAR CON LA CERTIFICACIÓN DE UN NOTARIO PÚBLICO, POR LO QUE DEBE CONTENER EL SELLO DE LA NOTARÍA Y FIRMA DEL NOTARIO CORRESPONDIENTE; ASIMISMO, DEBERÁ REVISARSE QUE APAREZCA EL SELLO DEL REGISTRO PÚBLICO EN LA ÚLTIMA FOJA.

SI SE PRESENTÓ UN ACTA DE ASAMBLEA PARA ACREDITAR LA REPRESENTACIÓN LEGAL, SE DEBERÁ SELECCIONAR LA OPCIÓN N/A.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La identificación oficial vigente corresponde a la persona que ostenta la representación legal del solicitante?


ES NECESARIO CORROBORAR LA VIGENCIA DEL DOCUMENTO PRESENTADO Y QUE ÉSTE CORRESPONDA A LA PERSONA DESIGNADA COMO REPRESENTANTE LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO FACULTADO PARA REALIZAR EL REGISTRO DEFINITIVO DE LA SOLICITUD DE APOYO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El comprobante de domicilio presentado tiene una antigüedad no mayor a tres meses?


VERIFICAR QUE EL DOCUMENTO PRESENTADO, APAREZCA A NOMBRE DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE (ES DECIR DE SU RAZÓN SOCIAL, QUE YA FUE CORROBORADA EN EL ACTA CONSTITUTIVA).

ADEMÁS SE DEBE CORROBORAR QUE EL DOMICILIO QUE APAREZCA EN EL COMPROBANTE CORRESPONDIENTE COINCIDA CON EL QUE FUE REGISTRADO EN LA SOLICITUD.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

II. Consistencia en la presentación de requisitos

II. Consistencia en la presentación de requisitos

Esta fracción sólo aplica para la submodalidad III.3.1 Apoyo para constituir garantías líquidas requeridas en la gestión de línea (s) de crédito con Instituciones de Fomento o de la Banca de Desarrollo

Cumple

ACTIVIDAD A REALIZAR

SI

NO

N/A

¿El apoyo solicitado cumple con lo establecido en las Reglas de Operación vigentes en relación con la frecuencia por submodalidad de apoyo?


LAS REGLAS DE OPERACIÓN, EN EL NUMERAL III, APARTADO III.3 DENOMINADO “INSTRUMENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS DE LA BANCA SOCIAL (APOYOS EN EFECTIVO), DETERMINA LA FRECUENCIA CON LA QUE PODRÁ SOLICITARSE EL APOYO POR SUBMODALIDAD, POR LO QUE DEBERÁ CUIDARSE QUE COINCIDA CON LO REQUERIDO POR LA NORMATIVIDAD APLICABLE.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, NO PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El monto total pre-registrado en la solicitud de apoyo es igual al monto total de la lista de inversión del plan de trabajo presentado?


SE DEBERÁ CUIDAR QUE LA LISTA DE INVERSIÓN PRESENTADA, SEA EXACTAMENTE IGUAL A LA PLASMADA TANTO EN EL PLAN DE TRABAJO (VERSIÓN IMPRESA Y EN EXCEL), COMO EN LA CAPTURADA EN EL SIEL, TODA VEZ QUE LA MISMA NO PUEDE SUFRIR MODIFICACIONES.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, NO PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

Aplica únicamente para OSSE de ahorro y crédito con niveles de operación I, II y III ¿El monto solicitado no excede el 90% del total de la (s) garantía (s) líquida (s) requeridas por la (s) fuente (s) de fondo y/o el (los) intermediario (s) bancario (s)?


SE DEBERÁ CUIDAR QUE EL MONTO REQUERIDO CUMPLA CON LAS CARACTERÍSTICAS SEÑALADAS EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN VIGENTES.

POR EJEMPLO: SI LA FUENTE DE FONDEO O EL INTERMEDIARIO FINANCIERO SOLICITAN COMO GARANTÍA LA CANTIDAD DE $1,000,000, EL INAES PODRÁ APORTAR HASTA $900,000 Y EL SOLICITANTE DEBERÁ APORTAR $100,000.

EN EL CASO DE OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO CON NIVELES DE OPERACIÓN BÁSICO, SE DEBERÁ SELECCIONAR LA OPCIÓN N/A.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, NO PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Plan de Trabajo electrónico está elaborado en la herramienta de captura?


VERIFICAR QUE EL DOCUMENTO EN EXCEL QUE SE RECIBA, HAYA SIDO ELABORADO EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN EL SITIO WWW.GOB.MX/INAES, EN CASO CONTRARIO, EL DOCUMENTO NO SERÁ CONSIDERADO COMO VÁLIDO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Plan de Trabajo impreso, está firmado por la persona que ostenta la representación legal?


VERIFICAR QUE EL DOCUMENTO IMPRESO, ADEMÁS DE SER EXACTAMENTE IGUAL AL PRESENTADO EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA, ESTÉ FIRMADO EN TODAS Y CADA UNA DE SUS FOJAS, POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.



SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La copia o copias del documento o documentos emitidos por la fuente de fondeo o intermediario bancario que acreditan la autorización y vigencia de la (s) línea (s) de crédito objeto de la garantía líquida solicitada, cuenta con las características requeridas por el Anexo 10, Modalidad III.3, inciso 5) de las Reglas de Operación vigentes?


VERIFICAR QUE LAS COPIAS DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, CONTENGAN AL MENOS LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE CONTRATACIÓN O AUTORIZACIÓN, TIPO DE CRÉDITO, MONTO AUTORIZADO, VIGENCIA, PERIODOS PARA LA REALIZACIÓN DE DESCUENTOS, TASAS DE INTERÉS, MONTO O PORCENTAJE DE LA GARANTÍA LÍQUIDA REQUERIDA, INSTRUMENTO EN EL QUE DICHA GARANTÍA DEBE DEPOSITARSE (NO APLICA FIDEICOMISOS CONSTITUIDOS O POR CONSTITUIR) Y CARACTERÍSTICAS DE LOS CRÉDITOS QUE PUEDAN SER OBJETO DE DESCUENTO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

III. Consistencia en la presentación de requisitos

III. Consistencia en la presentación de requisitos

Esta fracción sólo aplica para la submodalidad III.3.2. Apoyo para implementar mecanismos que disminuyan los riesgos en la colocación de créditos para actividades productivas en un fondo administración de riesgo crediticio (No aplica para Fideicomisos ya constituidos o por constituir)

Cumple

ACTIVIDAD A REALIZAR

SI

NO

N/A

¿El monto total pre-registrado en la solicitud de apoyo es igual al monto total de la lista de inversión del proyecto de fondo presentado?


SE DEBERÁ CUIDAR QUE LA LISTA DE INVERSIÓN PRESENTADA, SEA EXACTAMENTE IGUAL A LA PLASMADA TANTO EN EL PROYECTO DE FONDO DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CREDITICIO PRESENTADO (VERSIÓN IMPRESA Y EN EXCEL), COMO EN LA CAPTURADA EN EL SIEL, TODA VEZ QUE LA MISMA NO PUEDE SUFRIR MODIFICACIONES.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, NO PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Proyecto de Fondo de Administración de Riesgo Crediticio electrónico está elaborado en la herramienta de captura?


VERIFICAR QUE EL DOCUMENTO EN EXCEL QUE SE RECIBA, HAYA SIDO ELABORADO EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN EL SITIO WWW.GOB.MX/INAES, EN CASO CONTRARIO, EL DOCUMENTO NO SERÁ CONSIDERADO COMO VÁLIDO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿El Proyecto de Fondo de Administración de Riesgo Crediticio impreso, está firmado por la persona que ostenta la representación legal?


VERIFICAR QUE EL DOCUMENTO IMPRESO, ADEMÁS DE SER EXACTAMENTE IGUAL AL PRESENTADO EN LA HERRAMIENTA DE CAPTURA, ESTÉ FIRMADO EN TODAS Y CADA UNA DE SUS FOJAS, POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La copia del Acuerdo de Asamblea General y/o de Consejo de Administración señala la intención de integrar el o los Fondos de administración de riesgo crediticio?


REVISAR QUE EN EL DOCUMENTO PRESENTADO, SE SEÑALE EXPRESAMENTE LA INTENCIÓN DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO DE CONSTITUIR UN FONDO (S) DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CREDITICIO, DEBIENDO VERIFICAR QUE DICHO ACUERDO SE ENCUENTRE APROBADO EN FORMA.

ASIMISMO, SE DEBERÁ REVISAR SI EL DOCUMENTO PRESENTADO SE ENCUENTRA FIRMADO.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La carta compromiso que señala el porcentaje del monto de los créditos a proteger, se encuentra firmada por la persona que ostenta la representación legal?


EL DOCUMENTO DEBERÁ ESTAR FIRMADO POR LA PERSONA QUE OSTENTA LA REPRESENTACIÓN LEGAL, ASIMISMO, DEBERÁ SEÑALARSE EL PORCENTAJE DEL MONTO DE LOS CRÉDITOS A PROTEGER CON EL FONDO, DE ACUERDO CON EL NIVEL DE OPERACIÓN DEL OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO SOLICITANTE.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

¿La carta compromiso considera los porcentajes que protegerá el fondo atendiendo el nivel de operación del OSSE de ahorro y crédito, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación vigentes?


VERIFICAR QUE EL PORCENTAJE SEÑALADO PARA CRÉDITOS A PROTEGER CON EL FONDO, ATIENDAN AL SEÑALADO EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN VIGENTES, PARA EL NIVEL DE OPERACIÓN QUE CORRESPONDA AL SOLICITANTE, ES DECIR:

  • TRATÁNDOSE DE OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO CON NIVEL DE OPERACIÓN III, DEBERÁ CONSIDERAR AL MENOS EL 20%;

  • TRATÁNDOSE DE OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO CON NIVEL DE OPERACIÓN II, DEBERÁ CONSIDERAR AL MENOS EL 10%, Y

  • TRATÁNDOSE DE OSSE DE AHORRO Y CRÉDITO CON NIVEL DE OPERACIÓN I, DEBERÁ CONSIDERAR AL MENOS EL 5%.

SI LA RESPUESTA ES “NO”, PODRÁ OTORGARSE PREVENCIÓN.

Recuerda que sólo se otorgará plazo de prevención cuando se identifique en la etapa de validación normativa que la documentación entregada por el solicitante no contiene los datos completos o no cumple con los requisitos que le son aplicables, para lo cual, la delegación deberá comunicar por escrito al solicitante (por única ocasión) que cuenta con 5 días hábiles para subsanar la omisión o inconsistencia respectiva. Dicho plazo empezará a contar al día siguiente en que se realizó la notificación, por lo que si el solicitante no subsana en dicho periodo lo notificado, el resultado de la validación será negativo.

Si se captura erróneamente un campo como “no cumple”, la Delegación podrá solicitar por escrito la modificación del estatus de la solicitud a la CGFP y ésta a su vez a la CGPE, con la finalidad de que se regrese el estatus a validación en campo, de tal manera que se pueda volver a capturar correctamente la validación normativa.

Se imprimen desde el SIEL los siguientes documentos:

Cuando imprimas los formatos del SIEL, verifica que sean acordes con lo que capturó la Delegación en pantalla. Que el resultado correspondiente (Prevención, positivo o negativo) coincida con lo capturado. Además de que salga correcto el nombre de las personas que intervinieron en la captura, así como los datos del Titular de la Delegación, lugar y fecha.

8.- Remite vía correo electrónico a la CGFP, en los casos de su competencia, los anexos 1, 2 y 3, debidamente firmados y digitalizados, en un plazo no mayor a 3 días hábiles, contados a partir de la emisión de la validación normativa.

Para el caso de esta modalidad, dichos anexos se envían al correo de desap@inaes.gob.mx o macostaa@inaes.gob.mx.

Si se envían por Dropbox, favor de informar a los correos anteriores cuáles documentos fueron cargados.



EVALUACIÓN TÉCNICA


De acuerdo con las Reglas de Operación vigentes del INAES esta etapa podrá ser realizada por las Delegaciones y/o la Coordinación General de Finanzas Populares (CGFP) según se indique en la convocatoria respectiva

9.- Se realiza la evaluación técnica que consiste en el análisis y evaluación de los planes de trabajo de garantía líquida y proyectos de fondo de administración de riesgo crediticio, así como de aquella documentación presentada por el solicitante en la cual se sustenta la solicitud de apoyo, utilizando el formato establecido en el anexo 4 del procedimiento PR-OP-INST-04, e ingresa resultado en el SIEL.

Para el caso de esta modalidad, las solicitudes se califican con 3 criterios: Equidad Social, Productividad y Protección del Ambiente, de los cuáles, los dos primeros tienen más peso dentro de la calificación. Para que la evaluación técnica sea positiva el OSSE de ahorro y crédito debe obtener por lo menos 60 puntos y un máximo de 100. El detalle de los criterios de evaluación, se pueden consultar en la siguiente liga: http://www.inaes.gob.mx/Documentos/BancaSocial/T%C3%A9rminos_Referencia_BS.html

10.- Se imprime desde el SIEL la evaluación técnica de cada una de las solicitudes dictaminadas y remite por correo convencional la documentación debidamente firmada y en original a las Delegaciones correspondientes o en su caso, la Delegación del INAES respectiva enviará a la CGFP vía correo electrónico, señalando en el mismo su contenido, los anexos debidamente firmados y digitalizados.

AUTORIZACIÓN DE SOLICITUDES

La CGFP ordenará las solicitudes de apoyo que hayan obtenido “evaluación técnica positiva” en orden descendente (de mayor a menor), en razón del puntaje obtenido en dicha evaluación.

Una vez ordenadas las solicitudes, la CGFP las someterá a consideración del Comité Técnico Nacional (COTEC) para autorización, de acuerdo a la suficiencia presupuestal con que se cuente para tal efecto.

Será entonces el COTEC el que resuelva para cuáles solicitudes es posible autorizar recursos y, únicamente aquellas que obtengan dicha autorización, pasarán a la etapa de “formalización del instrumento para la entrega del apoyo” respectivo.

En caso de que hubiese solicitudes con “evaluación técnica positiva” que por falta de suficiencia presupuestal (recursos) no sean autorizadas por el COTEC, éstas podrán considerarse para ser autorizadas durante lo que resta del ejercicio fiscal, siempre y cuando en ese momento se cuente con la suficiencia presupuestal requerida.

La CGFP registrará las resoluciones del COTEC en el SIEL, mismas que podrán ser consultadas por las Delegaciones a través de dicho sistema.

Por su parte, la Coordinación General de Operación (CGO) notificará a la Delegación correspondiente las solicitudes autorizadas por el COTEC, a fin de que se publiquen en los estrados de cada Delegación los resultados de la convocatoria y se proceda a formalizar los apoyos respectivos; dicha publicación deberá realizarse en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a la fecha de autorización del COTEC.

Es muy importante recordar que conforme a lo establecido en las Reglas de Operación vigentes, una vez que reciban la notificación de la CGO sobre las resoluciones del COTEC, cada Delegación deberá publicar en sus estrados los resultados de la convocatoria; esto incluye el resultado obtenido por todas las solicitudes que hayan sido registradas (registro definitivo) en el marco de la misma.

En ese sentido, la información que se publique en los estrados de la Delegación señalará la etapa en la que se desechó cada solicitud, o bien si ésta obtuvo evaluación técnica positiva y, en su caso, autorización del COTEC; esta información puede ser obtenida a través del SIEL.

Recuerda que los resultados de las convocatorias, también son publicados en la página web institucional, en la siguiente liga: http://www.gob.mx/inaes/acciones-y-programas/convocatoria-vigentes.

Para que surta efectos la notificación de los resultados de la convocatoria (que incluye qué solicitudes se desecharon y en qué etapa; cuáles obtuvieron evaluación técnica positiva pero no alcanzaron suficiencia presupuestaria para autorizarse y, en su caso, cuáles sí fueron autorizadas por el COTEC) deben pasar dos días a partir de la fecha en la que se efectúe la publicación correspondiente en los estrados de cada Delegación.



FORMALIZACIÓN DE LA ENTREGA DEL APOYO

La persona designada como Representante Legal de los OSSE de ahorro y crédito, cuyas solicitudes sí hayan sido autorizadas por el COTEC, deberá acudir a la Delegación respectiva en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir del tercer día de la publicación realizada en los estrados de la Delegación.

Es importante considerar que las Reglas de Operación vigentes establecen que la formalización de los términos y condiciones a que se sujetará el apoyo se realizará mediante la firma del instrumento jurídico correspondiente, el cual deberá adaptarse a las características específicas del apoyo que se otorgue y procederá dentro de los 20 días hábiles siguientes al plazo de 10 días hábiles, o en caso de haberse otorgado el plazo adicional de 30 días, dentro de éste; en ambos casos, la firma del instrumento procederá una vez que el INAES reciba la documentación respectiva.

11.- La Delegación iniciará el trámite de formalización de los apoyos correspondientes a las solicitudes autorizadas por el COTEC, siempre que la persona designada como Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito acuda dentro del plazo señalado anteriormente y presente su identificación oficial, así como el estado de cuenta y/o contrato de apertura de cuenta con CLABE (Clave Bancaria Estandarizada) en el que se aprecie la cuenta a nombre del OSSE de ahorro y crédito.

En caso de que el OSSE de ahorro y crédito no tenga cuenta con CLABE asignada, podrá solicitar por escrito un plazo adicional de hasta 30 días hábiles, para lo cual deberá comunicar que ha iniciado el trámite requerido ante la instancia bancaria respectiva. Esta solicitud deberá realizarse dentro del plazo inicial de 10 días hábiles, contados a partir del tercer día de la publicación realizada en los estrados de la Delegación.

12.- Una vez que el Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito se haya identificado y haya proporcionado el documento requerido para la dispersión del apoyo (pago), la Delegación suscribirá el convenio de concertación correspondiente de acuerdo al modelo autorizado para los apoyos de Banca Social por la Coordinación General Jurídica, mismo que fue remitido a cada Delegación.

Es muy importante recordar que en alguna de las Cláusulas del convenio de concertación que se suscriba debe establecerse entre otros aspectos, el plazo que el OSSE de ahorro y crédito tendrá para comprobar la correcta aplicación del apoyo. Este plazo debe ser acorde a lo señalado en los “Lineamientos para comprobar la correcta aplicación de recursos otorgados en efectivo para el ejercicio fiscal 2018”, autorizados por el COTEC.

13.- Posterior a que se firme el convenio de concertación, la Delegación debe ingresar al SIEL para registrar la liberación de los recursos del apoyo y obtener el “Recibo de abono en cuenta”, mismo que será emitido por dicho sistema conforme al procedimiento PR-CGAF-02 Entrega de apoyo al beneficiario (a través del Sistema Integral en Línea), modalidad procedimiento de pago electrónico para abono en cuenta vía TESOFE.

Hay que recordar que es necesario que la Delegada o el Delegado confirme en el SIEL la liberación de los recursos del apoyo, a fin de que la Coordinación General de Administración y Finanzas esté en posibilidad de procesar la instrucción de pago correspondiente.

La Delegación debe entregar el original del “Recibo de abono en cuenta” a la persona designada como Representante Legal del OSSE de ahorro y crédito beneficiario y recabar la firma de acuse correspondiente en una copia, la cual deberá integrarse al expediente técnico correspondiente.

14.- Finalizado el proceso de formalización del apoyo; es decir, una vez que se cuenta con el convenio de concertación y el acuse del “Recibo de abono en cuenta” entregado al OSSE de ahorro y crédito beneficiario debidamente firmados, la Delegación debe remitir vía correo electrónico a la CGFP la versión digitalizada en formato PDF de ambos documentos, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la firma de suscripción de los mismos.



Para esta modalidad, las copias de los convenios y de los recibos deberán enviarse a los siguientes correos:desap@inaes.gob.mx y macostaa@inaes.gob.mx.

En caso de que la Delegación opte por enviar los documentos vía Dropbox, es necesario precisar a través de correo electrónico a las direcciones antes señaladas cuáles documentos fueron cargados.

COMPROBACIÓN DE LOS APOYOS OTORGADOS

15.- La Delegación deberá estar atenta del vencimiento del plazo de comprobación que se haya establecido en cada convenio de concertación ya que, a más tardar el día de su vencimiento, el OSSE de ahorro y crédito beneficiario deberá entregar los documentos que comprueben la correcta aplicación de los recursos del apoyo que le fue otorgado. La documentación requerida para comprobar la aplicación de los recursos de las diversas modalidades y submodalidades de apoyos para Banca Social pueden ser consultadas en el Anexo 1-C de los “Lineamientos para comprobar la correcta aplicación de recursos otorgados en efectivo para el ejercicio fiscal 2018”, autorizados por el COTEC.

Es importante tener en cuenta que los citados lineamentos pueden ser objeto de modificaciones, por lo que las Delegaciones deberán mantenerse atentas a las que, en su caso, sean autorizadas por el COTEC.

Prevención.

Si la documentación comprobatoria entregada por el OSSE de ahorro y crédito beneficiario no contiene los datos o no cumple con los requisitos señalados en el Anexo 1-C de los “Lineamientos para comprobar la correcta aplicación de recursos otorgados en efectivo para el ejercicio fiscal 2018”, la Delegación debe notificar esta situación por escrito al OSSE de ahorro y crédito para que subsane la omisión en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de la fecha en la que surta efectos la notificación respectiva.

Asimismo, previo a la emisión del dictamen de la aplicación de recursos, la Delegación debe verificar que los documentos entregados por el OSSE de ahorro y crédito beneficiario amparen el total de los recursos otorgados (monto del apoyo autorizado); en caso contrario, deberá notificar por escrito al OSSE de ahorro y crédito, para los siguientes efectos:

A. Que se aplique la cantidad que se encuentra pendiente de acuerdo con los fines para los cuales fue autorizado el apoyo, o

B. Se reintegre a la Tesorería de la Federación, por conducto del INAES, la cantidad pendiente de comprobar.

La acción que corresponda deberá ser atendida por el OSSE de ahorro y crédito beneficiario en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación correspondiente.

Eventualidades que impiden temporalmente comprobar la correcta aplicación de recursos

Recuerda que los Lineamientos de comprobación también contemplan que cuando los sujetos obligados, por causas no atribuibles a ellos y dentro del plazo general o ampliado para comprobar la correcta aplicación de recursos, soliciten por escrito de manera justificada y documentada a la Delegación la ampliación del plazo de comprobación previsto en los instrumentos jurídicos, la Delegación deberá analizar la información y documentación recibida, para que en su caso autorice la ampliación que estime conducente, en cuyo caso celebrará convenios modificatorios, otorgando el plazo excepcional que corresponda con el objeto de que los sujetos obligados:

I. Apliquen los recursos para los fines autorizados; u

II. Obtengan los documentos y CFDI que acrediten la comprobación de la correcta aplicación de los apoyos, y

III. En caso de haberse cumplido por los sujetos obligados las fracciones anteriores, éstos entreguen la documentación que acredite la correcta aplicación de recursos.

Emisión del dictamen

La Delegación debe emitir el dictamen de comprobación respectivo para cada uno de los apoyos otorgados, en un plazo no mayor a 20 días hábiles posteriores a la entrega de la documentación comprobatoria correspondiente.

De no comprobarse la correcta aplicación de los recursos, la Delegación deberá seguir lo establecido en el Procedimiento Operativo Institucional PR-OP.INST.19 “Determinación del incumplimiento de las obligaciones para el ejercicio de las acciones legales”.

16.- Determinada la correcta o incorrecta aplicación de los recursos, la Delegación debe notificar al OSSE de ahorro y crédito beneficiario el resultado que corresponda en un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores a la emisión del dictamen.

Para el caso de esta modalidad, la Delegación remitirá copia de los dictámenes a los siguientes correos: desap@inaes.gob.mx y macostaa@inaes.gob.mx.

En caso de que la Delegación opte por enviar los documentos vía Dropbox, es necesario precisar a través de correo electrónico a las direcciones antes señaladas cuáles documentos fueron cargados.